¿cómo se realiza el cálculo del anticipo del Impuesto a la Renta? - Ecuador

Todas las empresas tienen la obligación de pagar el Anticipo del Impuesto a la Renta, y existe dos formas: para las empresas que no están obligados a llevar contabilidad y con las que están obligados.
Para las personas naturales o empresas no obligadas a llevar contabilidad.
Es una suma equivalente al 50% del Impuesto a la Renta determinado en el ejercicio anterior, menos las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta que les hayan sido efectuadas en el mismo ejercicio.
Para las empresas obligadas a llevar contabilidad y sociedades.
Es la suma matemática del 0.2% del patrimonio total, + 0.2% del total de costos y gastos deducibles a efecto del Impuesto a la Renta, + 0.4% del activo total + 0.4% del total de ingresos gravables a efecto del impuesto a la renta.
para este cálculo hay que tomar en cuenta lo siguiente:
- Se deberá incluir dentro de los activos de las arrendadoras mercantiles los bienes dados por ellas en arrendamiento mercantil
- Las instituciones sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y Seguros y cooperativas de ahorro y crédito y similares, no considerarán en el cálculo del anticipo los activos monetarios.
- No se considerará el valor del terreno sobre el que desarrollen actividades agropecuarias.
- No se considerará para el cálculo las cuentas por cobrar salvo aquellas que mantengan con relacionadas.
El anticipo constituye crédito tributario para el pago de Impuesto a la Renta y se lo pagará en dos cuotas en los meses de julio y septiembre de acuerdo al noveno dígito del RUC o cédula.
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