Cooperativas

¿Cómo se clasifican las Cooperativas?

Las cooperativas, según la actividad que vayan a desarrollar, pertenecerán a un solo de los siguientes grupos: producción, consumo, crédito o servicios.

¿Qué es una Cooperativa y como se constituye?

Son cooperativas las sociedades de derecho privado, formadas por personas naturales o jurídicas que, sin perseguir finalidades de lucro, tienen por objeto planificar y realizar actividades o trabajos de beneficio social o colectivo, a través de una empresa manejada en común y formada con la aportación económica, intelectual y moral de sus miembros.

Modelo de un organigrama para las Cooperativas de Ahorro y Credito

Un organigrama es un esquema de como esta organizado una empresa; también se utiliza para nombrar mediante la representación gráfica, a las operaciones que se realiza en el marco de un proceso industrial o informático.

Deberes y atribuciones de la Asamblea General.

Corresponde a la Asamblea General:

a) Reformar el estatuto;
b) Aprobar el plan de trabajo de
la Cooperativa;
c) Autorizar la adquisición de bienes o la enajenación o gravamen total o parcial de ellos;
d) Conocer los balances semestrales y los informes relativos a la marcha de la cooperativa, y aprobarlos o rechazarlos;
e) Decretar la distribución de los excedentes, de conformidad con
la Ley
, este Reglamento y el estatuto
f) Elegir y remover, con causa justa, a los miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia, de las comisiones especiales y a sus delegados ante el cualquier institución a la que pertenezca la entidad con sujeción a lo prescrito en el estatuto
g) Relevar de sus funciones al Gerente, con causa justa;
h) Acordar la disolución de la cooperativa, su fusión con otra u otras y su afiliación a cualquiera de las organizaciones de integración cooperativa, cuya afiliación no sea obligatoria;
i) Autorizar la emisión de certificados de aportación, y
j) Resolver, en apelación, sobre las reclamaciones o conflictos de los socios entre sí o de éstos con cualquiera de los organismos de la cooperativa.

Ref:  Reglamento General de la Ley de Cooperativas  ECUADOR

¿Cuál es el riesgo en un crédito?

“El riesgo es la posibilidad de pérdida debido al incumplimiento del prestatario o la contraparte en operaciones directas, indirectas o de derivados que conlleva el no pago, el pago parcial o la falta de oportunidad en el pago de las obligaciones pactadas.”

Es importante que las entidades cooperativas o crediticias deban juzgar adecuadamente la solvencia presente y futura de sus prestatarios y administrar eficientemente su cartera, teniendo en cuenta que “al Conceder Crédito” se puede incurrir en tres tipos de riegos:

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