Cuándo y cómo se debe llevar la contabilidad

Es importante mencionar que la contabilidad de debe llevar bajo ciertos parámetros y leyes; debe regirse al  Código de Comercio, Ley de Compañías, el Código Tributario y la Ley de Régimen tributario Interno.

 

¿cuándo se debe llevar contabilidad?

Están obligados a llevar contabilidad cuando todo comerciante o industria, cuyo capital sea mayor a $60.0000,00 o, en su defecto, si sus ingresos brutos por ventas anuales superen los $100.000,00, conforme a los principios contables. Mientras tanto que las sociedades deben llevar contabilidad sin necesidad de cumplir con estas bases.

¿cómo se debe llevar la contabilidad?

La contabilidad de los comerciante que venden al por mayor (obligados a llevar contabilidad), debe llevarse en cuatro libros encuadernados, forrados y foliados, que son: Diario, Mayor, Inventario y Caja. Estos libros se llevarán en el idioma castellano; esto es solo para fines de estudio, en la práctica, las empresas tienen un sistema contable que automáticamente organizan los  archivos antes mencionados.

Todos los empresarios, al empezar el año nuevo, al fin de cada año, hará en el libro de inventario una descripción de todas las las mercaderías existentes, además de todos los muebles e inmuebles, y todos sus créditos, activos y pasivos. Estos inventarios serán firmados por todos los interesados en el establecimiento de comercio que se hallen presentes a su información.

Prohibiciones a los empresarios.

Se prohíbe a los empresarios:

  • Alterar los asientos de orden y la fecha de las operaciones descritas.
  • Borrar asientos o parte de ellos
  • Ingresar información que no sea del giro de negocio.
  • Alterar documentos válidos para la contabilidad.
  • Llevar la información fuera de la empresa sin autorización.
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Comentarios  

 
-1 #1 CONTABILIDAD PERSONAS NATURALESHERNAN PAZMINO 21-07-2011 09:31
QUE CON AQUELLAS PERSONAS NATURALES OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD , QUE CREEN QUE LA SOLO PRESNETACION AL SRI DE LA DECLARACION DE IMPUSTOS Y RETENCIONES ES SU CONTABILIDAD..... QUIEN SUPERVISA ESTE CUMPLIMINETO PORQUE EN UN GRAN PORCENTAJE DE ESTA PERSONAS NATURALES NO LO LLEVA COMO DICE LA NORMA GENERAL CONTABLE
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